Anúnciate aquí

Conoce cómo obtener la ayuda que ofrece el IMSS por gastos funerarios

El IMSS te ofrece ayuda cuando fallece un familiar que era asegurado o pensionado; el apoyo es equivalente a 60 días de salario mínimo Redacción El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Querétaro atendió en 2019, mil solicitudes de Ayuda para Gastos de Funeral, lo cual se calcula considerando dos veces el valor mensual … Leer más

El IMSS te ofrece ayuda cuando fallece un familiar que era asegurado o pensionado; el apoyo es equivalente a 60 días de salario mínimo

Redacción

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de Querétaro atendió en 2019, mil solicitudes de Ayuda para Gastos de Funeral, lo cual se calcula considerando dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha de fallecimiento.

Al respecto Francisco Zepeda Chávez, titular de la jefatura de Salud en el Trabajo y Prestaciones Económicas del IMSS Querétaro, refiere que se trata de un reembolso en dinero que otorga el IMSS por concepto de gastos de funeral de un asegurado o pensionado, preferentemente a un familiar de éste.

La Ayuda para Gastos de Funeral se divide en dos posibilidades:

  • Cuando es un pensionado, la ayuda se da sin ninguna limitante.
  • Cuando se trate de un trabajador, se divide en dos limitantes: que haya sido derivado de una enfermedad general y el trabajador haya tenido por lo menos 12 semanas de cotizaciones previas al fallecimiento; o si es un riesgo de trabajo, no hay limitantes siempre y cuando se presente el documento de que fue accidente de trabajo, refiere Zepeda Chávez.

Para poder otorgar este reembolso que sería de hasta 5 mil 137 pesos, el familiar deberá presentar los documentos que se requieran y la factura o comprobante de gastos funerarios en la unidad de medicina que le corresponda.

“Es decir, si alguien tuvo gastos funerarios en un servicio privado por 8 mil pesos, el tope máximo que podemos otorgar como apoyo es de hasta 5 mil 137 pesos”, informa Francisco Zepeda.

“Si la persona fallece en otro estado, el trámite debe hacerse en donde se encontraba afiliada”, precisa.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir?

  • Que el asegurado fallecido tenga registradas un mínimo de 12 semanas de cotización en los nueve meses anteriores al fallecimiento. Tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización.
  • Que el asegurado se encuentre vigente en sus derechos al momento del fallecimiento.
  • Tratándose del fallecimiento de pensionado, deberá de haber estado vigente en sus derechos.

¿Qué documentos necesito?

Solicitante:

En original o copia certificada, acompañados de copia simple para cotejo:

-Identificación oficial con fotografía y firma (vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una de ellas), cualquiera de las siguientes: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar nacional

FALLECIMIENTO DE ASEGURADO o PENSIONADO:

Requisitos:

-Identificación oficial del interesado en original y copia.

-Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado fallecido.

-Clave Única de Registro de Población (CURP).

-Copia certificada del acta de defunción y copia fotostática.

-Aviso para calificar probable riesgo de trabajo ST-1 o aviso de atención médica inicial y calificación de probable riesgo de trabajo ST-7, esto sólo en caso de defunción por riesgo de trabajo.

-Cuenta original de los gastos de funeral (factura o documento fiscal que avala el pago de los servicios funerarios de un asegurado o pensionado del IMSS que describa cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derechos del servicio de entierro o servicios de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación).

NOTA: Presentar la solicitud en cualquier clínica del IMSS en el servicio de Prestaciones Económicas en un horario de atención de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Conoce tus derechos si estás contratado por outsourcing

¿Qué información necesito conocer antes de realizar el trámite?

  • Tratándose de documentos públicos expedidos en el extranjero, deberán contener la apostilla o legalización, según corresponda. Si el documento está redactado en idioma diferente al español se deberá acompañar la traducción al español realizada por perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de cualquier entidad federativa del territorio nacional o por perito autorizado por el país de que se trate.
  • La persona que haga la petición deberá ser preferentemente la que se encuentre descrita en la cuenta original de los gastos de funeral o, en su caso, la persona a quien el concesionario transmita los derechos en este documento, presentando ambas identificaciones oficiales.
  • Con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización.
  • Esta prestación la puede solicitar el asegurado en el servicio de prestaciones económicas de cualquier Unidad de Medicina Familiar del IMSS del país, en un horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. Para realizar cualquier aclaración sobre el trámite de la ayuda, el asegurado debe acudir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar donde realizó el trámite en el horario señalado.
  • Para el pago el interesado deberá acudir a la sucursal de la institución bancaria con la que la delegación del IMSS tenga convenio en los horarios establecidos por esta Institución.

Para alguna queja o denuncia, comunícate al teléfono 01800 623 23 23 desde cualquier parte de la República Mexicana.

LRR

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí