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¿Qué debes hacer si no recibes utilidades por COVID-19?

Corrupción y soborno, grandes riesgos para el capital humano / Foto: Especial
Corrupción y soborno, grandes riesgos para el capital humano / Foto: Especial

A raíz del Covid-19 varias compañías que no fueron consideradas como esenciales cerraron, utilizando el pago de utilidades para realizar otros pagos Carlos Perusquía Si por la pandemia de Covid-19 las empresas se ven impedidas para distribuir las utilidades entre sus empleados, estas deben demostrarles que no tienen solvencia económica para dar cumplimiento a esta … Leer más

A raíz del Covid-19 varias compañías que no fueron consideradas como esenciales cerraron, utilizando el pago de utilidades para realizar otros pagos

Carlos Perusquía

Si por la pandemia de Covid-19 las empresas se ven impedidas para distribuir las utilidades entre sus empleados, estas deben demostrarles que no tienen solvencia económica para dar cumplimiento a esta obligación, señaló Luz del Carmen Guzmán Sahagún, consultor fiscal de Maya Contadores SC.2

Tiene que haber un acercamiento entre el sindicato o el grupo de trabajadores de una empresa con el representante de la compañía para que muestren la declaración anual en donde está el importe de las utilidades a distribuir”, indicó la especialista.

Guzmán Sahagún recalcó que se tiene que llegar a un acuerdo entre la compañía y el sindicato de trabajadores para así mostrarles, a través de los estados financieros, que no se puede pagar el excedente de ganancias por la crisis sanitaria.

En estos documentos se refleja, por ejemplo, que no se han reportado ventas o que no hay flujo de efectivo suficiente. En caso de no existir una agrupación de empleados, la experta les recomienda unirse para entablar comunicación con el patrón y abordar la situación sobre el ingreso que esperaban.

A raíz de la contingencia sanitaria, varias compañías que no fueron consideras esenciales se vieron forzadas a cerrar y el excedente que tenían de flujo de efectivo –que originalmente iba a destinarse al pago de utilidades—fue ocupado para cubrir obligaciones que ya tenían pendientes, explicó la consultora fiscal.

La complicación (con la contingencia) es que, como hay menos entrada, se merma lo que es el flujo de efectivo disponible para poder pagar estas utilidades si es que las hubo. Hay muchos trabajadores que están esperando el famoso reparto de utilidades que normalmente es en mayo y, sin embargo, puede ser que no llegue en este mes”, explicó la especialista.

En el caso extremo de no contar con ingresos, Guzmán Sahagún destacó que se tiene que recurrir a la venta de algunos bienes de la empresa, pues dijo que la ley puntualiza prioridades cuando existen compromisos de pago; la primera es la nómina y luego los impuestos.

LAS DECLARACIONES

Tras presentar la declaración de impuestos, las compañías están obligadas a hacer entrega del excedente 60 días después. Las personas morales debieron haber cumplido con la primera acción a más tardar el 31 de marzo de este año para cumplir con el reparto de utilidades a más tardar el 30 de mayo.

Luz del Carmen Guzmán destaca la falta de una prórroga para la declaración de las personas morales, pues “en marzo ya estábamos en contingencia. Iniciamos el 17 de marzo y la instrucción de cerrar todos estos lugares con actividades no esenciales fue después del 25 de marzo; desde ahí ya tenían problemas con flujo de efectivo”

Por otra parte, las personas físicas con actividad empresarial fueron afortunadas en este rubro, pues la experta comentó que se otorgó un plazo más amplio para sus declaraciones –hasta el 30 de junio- y por ende la entrega de los excedentes se hará en agosto de este año.

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