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Incumplen partidos ley electoral; persiste propaganda de comicios

Khalid Osorio A más de tres meses de haberse realizado la elección de gobernador, diputados y presidentes municipales en Querétaro, la propaganda electoral continúa en las calles a pesar de que venció el plazo para su retiro. El Artículo 103 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro en el apartado X establece que los … Leer más

Khalid Osorio

A más de tres meses de haberse realizado la elección de gobernador, diputados y presidentes municipales en Querétaro, la propaganda electoral continúa en las calles a pesar de que venció el plazo para su retiro.

El Artículo 103 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro en el apartado X establece que los partidos políticos cuentan con un plazo de 30 días naturales a partir de la realización de las elecciones para retirar la propaganda utilizada durante la campaña. Sin embargo, en algunos casos, esta condición no se cumplió.

En un recorrido realizado por AM de Querétaro, se documentó de manera gráfica la permanencia de lonas, banderas y anuncios de tipo espectacular donde se aprecia la imagen de los candidatos.

Al haber transcurrido 30 días naturales luego de la elección, la competencia pasa a ser de los municipios, de acuerdo a la Ley Electoral. El gasto que se genere del retiro de la propaganda deberá reportarse al Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) para que se retenga el monto del financiamiento al partido correspondiente.

Las autoridades municipales tienen como plazo máximo el 31 de enero del siguiente año al de la elección para presentar el informe de gastos por retiro de la propaganda.

En entrevista con el director ejecutivo de asuntos jurídicos del IEEQ, Juan Rivera Hernández, confirmó que no existe una sanción para los partidos que no retiren su publicidad, únicamente la retención del monto gastado por el municipio.

Entre las lonas que aun se encuentran en domicilios, resaltan algunas de alcaldes reelectos, cuya Administración tendrá que realizar el gasto del retiro y dar aviso al IEEQ para que se sancione económicamente al partido que los impulsó.

“Este tipo de información, como lo establece la propia Ley Electoral, corresponde a las autoridades municipales, quienes nos tienen que informar sobre estas particularidades para, en todo caso, proceder en términos de ley, que sería propiamente reintegrar el gasto que hayan efectuado”, dijo el funcionario del IEEQ.

Hasta el momento, no se han recibido reportes en la oficialía de parte del Instituto  de gastos por recolección de propaganda electoral, confirmó Juan Rivera.

El Instituto Nacional Electoral puso a disposición el Sistema Integral de Monitoreo de Espectaculares y Medios Impresos (SIMEI), el cual contribuye a detectar anuncios espectaculares colocados en la vía pública y facilita la búsqueda de publicidad y propaganda en medios impresos de circulación nacional y local para cotejar con los reportes de los aspirantes, precandidatos, candidatos independientes y de partidos políticos y coaliciones.

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