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Ajustan protocolo para inhumación por COVID-19

Además de establecer como opcional la incineración del cadáver, se fijan bases para afianzar la coordinación entre autoridades municipales para verificar espacios en panteones Miguel Tierrafría La Secretaría de Salud actualizó el protocolo para efectuar la inhumación como destino final de cadáveres de personas en atención a la COVID-19. Dicho protocolo, además de establecer como … Leer más

Además de establecer como opcional la incineración del cadáver, se fijan bases para afianzar la coordinación entre autoridades municipales para verificar espacios en panteones

Miguel Tierrafría

La Secretaría de Salud actualizó el protocolo para efectuar la inhumación como destino final de cadáveres de personas en atención a la COVID-19.

Dicho protocolo, además de establecer como opcional la incineración de los acaecidos por la COVID-19, señala que, para efecto de combatir la propagación del virus, autoridades municipales deben ejecutar diversas acciones jurídicas y administrativas para dar destino final a los cuerpos.

Una de esas medidas, establece que las autoridades de los 18 municipios y las oficiarías del registro civil deberán mantener estrecha y permanente comunicación “con el objeto de verificar la disponibilidad del espacio para inhumación en los distintos municipios de la entidad, previo a realizar el registro y expedición del acta de defunción y permiso de traslado”.

En este sentido, los deudos que deseen la inhumación de una persona deberán confirmar la disponibilidad del espacio en el panteón del municipio o estado donde se pretende sepultar a su difundo.

El protocolo indica que aquellos deudos que quieran inhumar el cadáver en un municipio distinto al último dominio habitual, el oficial de registro civil del domicilio habitual pondrá a su disposición del interesado el permiso de traslado, para que sea inhumado en el panteón correspondiente –con la previa confirmación de espacio–.

Asimismo se establece que en el proceso de inhumación solo se permitirá ingresar al panteón el personal funerario autorizado, personal municipal y un familiar para que verifique el proceso.

Los lineamientos del protocolo establecen que la inhumación se deberá realizar con la mayor inmediatez a fin de evitar la propagación de la COVID-19.

Este protocolo surge de la necesidad de “evitar potencial saturación de los sistemas de manejo de cadáveres, mediante estrategias de gestión administrativa para prontitud en la expedición de certificado de defunción y del envío del cuerpo a su destino final”.

Velaciones prohibidas

En el protocolo se establece que quedan prohibidas las relaciones tanto en funerarias como en domicilios particulares, caravanas fúnebres o celebraciones funerarias; también se prohibe el acompañamiento de familiares o personas allegadas a los panteones municipales para evitar aglomeraciones que propaguen la COVID-19.

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