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Prepara CNDH controversia constitucional vs. ‘Ley garrote’

El grupo parlamentario de Morena aseguró que se busca dar revés a las reformas al Código Penal aprobadas en la Legislatura local Khalid Osorio La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpondrá una acción de inconstitucionalidad por la publicación en La Sombra de Arteaga de las modificaciones al Código Penal, la llamada ‘Ley garrote’. … Leer más

El grupo parlamentario de Morena aseguró que se busca dar revés a las reformas al Código Penal aprobadas en la Legislatura local

Khalid Osorio

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) interpondrá una acción de inconstitucionalidad por la publicación en La Sombra de Arteaga de las modificaciones al Código Penal, la llamada ‘Ley garrote’.

La bancada de Morena en el Congreso local reveló que existió un acercamiento con la CNDH, institución que desde la presentación de la iniciativa se pronunció en contra del incremento de penas como argumento para tratar de contener los contagios por COVID-19.

La coordinadora parlamentario de Morena, Paloma Arce, indicó que se puede interponer la acción desde el Congreso, pero se requiere la firma de al menos nueve legisladores. En este sentido, tuvieron acercamiento con la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), pero no hubo una respuesta y el plazo estaba por vencer, razón por la que dialogaron con la titular de la CNDH.

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“El día de ayer, hablé con la maestra Rosario Piedra de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para que de manera formal ellos puedan presentar la acción de inconstitucionalidad y ya están trabajando en el tema para presentar la acción”, dijo Paloma Arce.

La Defensoría de Derechos Humanos del Estado de Querétaro no hizo un pronunciamiento respecto a la publicación de las modificaciones del Código Penal.

“Derechos Humanos del estado no hizo algún pronunciamiento, no platicamos con esta instancia, platicamos con quien desde un principio nos apoyó. En este tema tenemos el acompañamiento de la CNDH y de la ciudadanía que se ha pronunciado en contra de esta ley, pero de la instancia estatal no ha habido un pronunciamiento”, dijo Paloma Arce.

La modificación al Código Penal incrementa las penas para quienes se opongan a la realización de obra pública ya aprobada.

En agosto del 2019, la CNDH interpuso una acción de inconstitucionalidad por la publicación de la ‘Ley garrote’ en el estado de Tabasco, que pretendía sancionar con hasta 20 años de prisión a quien bloqueara las calles para manifestarse.

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¿En qué consiste la ‘Ley garrote’ en el Estado?

La llamada Ley Garrote se refiere a una serie de modificaciones al Código Penal, en las cuales, organizaciones argumentan que se criminaliza la protesta social.

Los artículos del Código Penal que se modificaron fueron los siguientes:

ARTÍCULO 127 BIS-1. Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en periodo infectante, sin que la víctima u ofendido tenga conocimiento de esta circunstancia, se le impondrán de tres a seis años de prisión y de tres a seis meses de trabajo a favor de la comunidad, así como las medidas de seguridad por confinamiento que sean necesarias.

ARTÍCULO 286.- Al que sin causa legítima rehuse prestar un servicio al que la ley obligue o desobedeciere un mandato legítimo de la autoridad, se le impondrá prisión de 3 a 5 años y hasta 500 veces el valor diario de la UMA de multa.

ARTÍCULO 288.- Al que por medio de amenazas o de violencia se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones en forma legal o resista el cumplimiento de un mandato de autoridad, se le aplicará prisión de 2 a 4 años y hasta 500 veces el valor diario de la UMA de multa, o trabajo en favor de la comunidad hasta por seis meses.

ARTÍCULO 289.- Al que procure con actos materiales impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos, se le aplicarán de 1 a 2 años de prisión y hasta 200 veces el valor diario de la UMA de multa, o trabajo a favor de la comunidad hasta por cuatro meses.

Cuando el delito se cometa por varias personas de común acuerdo se les aplicará prisión de 2 a 4 años y de 300 a 500 veces el valor diario de la UMA de multa.

ARTÍCULO 293.- Al que cometa un delito en contra de un servidor público en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicarán de tres a cinco años de prisión y hasta seis meses de trabajo a favor de la comunidad.

ARTÍCULO 299.- A quien quebrante la prohibición de residir en una circunscripción territorial determinada, se le impondrán de 2 a 5 años de prisión y de 10 a 120 veces el valor diario de la UMA de multa.

ARTÍCULO 300.- Al que violare la prohibición de ir a una circunscripción territorial determinada, se le aplicará prisión de 2 a 5 años o hasta 500 veces el valor diario de la UMA de multa.

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