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Evitan inmobiliarias donar áreas verdes en municipio de Querétaro

Pugnan por defensa de áreas de uso común en municipio de Querétaro
Pugnan por defensa de áreas de uso común en municipio de Querétaro

En lugar de ceder el 10 por ciento de predios para equipamiento urbano al Municipio de Querétaro, desarrolladores evitan donar terrenos Gonzalo Flores Desarrolladores inmobiliarios de reciente creación prefieren pagar un 10 por ciento del valor de un espacio de terreno que donarlo a la Administración municipal para equipamiento urbano como áreas verdes y espacios … Leer más

En lugar de ceder el 10 por ciento de predios para equipamiento urbano al Municipio de Querétaro, desarrolladores evitan donar terrenos

Gonzalo Flores

Desarrolladores inmobiliarios de reciente creación prefieren pagar un 10 por ciento del valor de un espacio de terreno que donarlo a la Administración municipal para equipamiento urbano como áreas verdes y espacios para ejercitarse, usando como escudo el Código Urbano del Estado de Querétaro, advirtieron ambientalistas y funcionarios.

Son cuatro ocasiones, en las últimas tres sesiones de Cabildo, en las que se han aprobado acuerdos relativos a este concepto. Genaro Montes Díaz, titular de la Secretaría de Desarrollo Sostenible de la capital queretana, aseguró que normalmente los que ingresan este tipo solicitudes al Ayuntamiento son casos exclusivos bajo el régimen de condominios y donde la superficie del terreno es más pequeña que la que se debe donar.

El funcionario municipal indicó que dentro de su dependencia además se tienen cinco casos donde se ha solicitado el pago en efectivo en lugar de la donación de espacios para equipamiento urbano en lo que va de la Administración, entre los cuales son tres solicitudes de desarrollo habitacional y dos para plazas comerciales.

Ambientalistas en la capital así como la regidora Ivonne Olascoaga, han manifestado la exigencia para que se dejen de autorizar este tipo de acuerdos, pues dicen, vulnera el derecho a tener áreas comunes.

Durante abril, el cabildo aprobó a los desarrolladores que cubrieran en efectivo esas áreas en tres zonas diferentes de la ciudad; en la más reciente sesión de mayo se aprobó uno más de estos casos.

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Las ambientalistas, consideran que este tipo de autorizaciones constituye un despojo social y más en tiempos de contingencia que en un futuro contribuirá a complicar la salud de las personas de colonias populares al no contar con espacios para ejercitarse, por lo que se incrementará el riesgo de padecer obesidad, hipertensión y diabetes, mismas que son condiciones de riesgo ante epidemias como la  Covid-19.

La activista María del Carmen Siurob reprobó que aceptar el pago en efectivo del 10 por ciento de áreas verdes empiece a convertirse en una práctica común pues la falta de estos espacios influye directamente en la salud, al reducir la posibilidad de que las personas se activen físicamente.

“Esas áreas verdes no se las quitan al Campestre, no se las quitan a colonias que tienen incorporado en su diseño un gran jardín, porque te están vendiendo el concepto, se las quitan a las colonias más vulnerables que no tienen áreas verdes. Se están propiciando las condiciones de que las pandemias causen más daño en la población. Están vendiendo los terrenos del pueblo ¿Quién les dio permiso? Vete a consulta pública”, indicó la ambientalista.

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Teresa Roldán, por su parte, destacó que no es una medida justa para los habitantes, pues considera que atenta contra el derecho a las áreas de retención, de equipamiento, esparcimiento y recreación.

“Cada vez hacen las casas más pequeñitas y lo único que le queda a las familias son las áreas comunes y si ahora en esas áreas va a haber más construcción, en qué papel están dejando a quienes compran. De nada sirve que dejen un área para el sano esparcimiento, si luego la andan vendiendo ellos mismos”, añadió.

La regidora Ivonne Olascoaga, explicó que la donación obligada del 10 por ciento de áreas para equipamiento por parte del desarrollador está estipulada en el Artículo 156 del Código Urbano del Estado de Querétaro, sin embargo, explicó que en 2015 se hizo una modificación a este artículo para permitir que desarrolladores inmobiliarios que ya habían construido desde antes, pudieran regularizarse al no haber entregado en su momento estos espacios de equipamiento.

“Esa fue la razón de ser de esa modificación, regularizar y dar salida a aquellos desarrollos que tuvieron su permiso desde antes, y ahora sigue siendo vigente cuando uno de los acuerdos que se aprobó (el 28 de abril) su permiso de construcción lo obtuvo en 2019, por lo que ya no tenía razón de ser o de aplicarse este artículo”, comentó.

Durante abril, las solicitudes aprobadas por el Ayuntamiento capitalino fueron en la sesión del 2  de abril, el acuerdo por el que se autoriza cubrir el 10 por ciento de donación por la autorización de los condominios Monte Albán 1 y Monte Albán 2, ubicados en Avenida Popocatepel s/n fracciones 7 y 8 del ejido San Miguel Carrillo, delegación Félix Osores Sotomayor.

En la sesión del 28 de abril, se trata de un desarrollo inmobiliario para Uso Industrial ubicado en Loma de Sangremal, número 1013, ejido Santa María Magdalena, con clave catastral 1401 001 42 029 001, en la Delegación Félix Osores Sotomayor.

Y en la más reciente sesión del 2 de mayo, es un desarrollo habitacional vertical bajo régimen de propiedad en condominio denominado ‘Canteras’,  ubicado en el Anillo Vial Junípero Serra s/n Ex Hacienda Menchaca, identificado con clave catastral 1401 084 01 165 003, delegación Epigmenio González.

 

MÁS DE 10 MILLONES DE PESOS,
DOS DE LOS CUATRO CASOS

En la más reciente edición del diario oficial La Sombra de Arteaga, se publica el acuerdo que se aprobó el pasado 2 de abril para los condominios Monte Albán 1 y Monte Albán 2.

Dentro de los antecedentes del acuerdo, se establece que en lo que se refiere a los Condominios a desarrollar, se tiene que con fecha 22 de julio de 2015, la Dirección de Desarrollo Urbano emitió los Dictámenes DUS201505259 y DUS 20155260 para las fracciones 7 y 8, resultantes de la subdivisión de la fracción 1 de las parcelas 22, 26, 30 y 31 Z-1 P1/1 del Ejido San Miguel Carrillo para un condominio de 120 viviendas cada una, respectivamente.

A través del oficio APC201700141 de fecha 9 de octubre de 2017, la Secretaría de Desarrollo Sostenible, autorizó el Visto Bueno de Proyecto en condominio para el Condominio Habitacional de tipo popular denominado “Privada Floresta 1”, ubicado en Av. Popocatépetl sin número, fracción 7, Ejido San Miguel Carrillo en la Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, consistente en 103 viviendas, en una superficie de 13,528 metros cuadrados.

Posteriormente mediante oficio SEDESO/DDU/COU/FC/211/2018 de fecha 23 de febrero de 2018, la Secretaría de Desarrollo Sostenible emitió la Modificación del Visto Bueno de Proyecto en condominio para el Condominio Habitacional de tipo popular denominado “Privada Floresta 1”, ubicado en Av. Popocatépetl sin número, fracción 7, Ejido San Miguel Carrillo en la Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor de esta Ciudad, consistente en “120 viviendas”, debido al incremento de unidades privativas, los metros cuadrados de construcción y Cambio de denominación del Condominio a “Monte Albán 1”.

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Derivado de lo señalado en los párrafos anteriores inmediatos y en lo que respecta al proyecto en condominio denominado “Monte Albán 1”, para dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 156 del Código Urbano del Estado de Querétaro, respecto a la superficie que se deberá transmitir gratuitamente al Municipio para equipamiento urbano equivalentes al 10 por ciento de la superficie del terreno, considerando que cuenta con una superficie de 13,528 metros cuadrados, le corresponde al promotor transmitir en donación al Municipio una superficie de 1,352.80 metros cuadrados, en tanto al condominio referido como “Monte Albán 2” que se pretende realizar en la Fracción 8 del el predio ubicado en el domicilio Mario Vargas Llosa del Ejido San Miguel Carrillo, se tiene que considerando que cuenta con una superficie de 13,529.13 metros cuadrados, le correspondería donar una superficie de 1,352.913 metros cuadrados, por lo que en conjuntos se debe donar a favor del Municipio de Querétaro, una superficie total de 2,705.71 metros cuadrados.

El avalúo por esta superficie por parte del perito que emitió la opinión técnica en la revisión del caso, resultó por un monto de 10 millones 796 mil pesos.

Tras la aprobación del pago en efectivo por el área de donación, el desarrollador debió pagar dicha cantidad en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la notificación.

En este caso, Genaro Montes comentó que en un momento se había solicitado una permuta por otro predio de las misma superficie considerada en una primera instancia, sin embargo, en fechas recientes el desarrollador decidió ingresar una nueva solicitud para pagar en efectivo el monto equivalente al área de donación obligada por el Código Urbano.

El motivo, indicó, es que por ahora los dos desarrollos no cuentan con una superficie equivalente para donar y es por eso que consideró hacer el cambio a pago en efectivo, solicitud que hizo llegar directamente a la Secretaría del Ayuntamiento, desde donde se puso a consideración de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología y posteriormente fue aprobado en sesión de Cabildo.

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Sin embargo, señaló que hasta el momento es la solicitud de mayor monto registrado por este tipo de alternativa estipulada en el Código Urbano, pues de los cinco casos que se han registrado ante la Dirección de Desarrollo Urbano en lo que va de la administración, se trataba de superficies menores, la más pequeña incluso de un predio de 30 metros.

El acuerdo debió protocolizarse ante Fedatario Público e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Querétaro, a costa del solicitante, quien deberá remitir una copia certificada del mismo, debidamente inscrito, a la Secretaría de Desarrollo Sostenible y a la Secretaría del Ayuntamiento, en un plazo no mayor de 90 días hábiles, contados a partir de la notificación del mismo.

Ahora, Genaro Montes añadió que el pago del área de equipamiento ya corresponde a la Secretaría de Finanzas. El pago que se acepta cubrir en efectivo, como equivalente del área de donación que debe otorgarse al municipio de Querétaro por concepto de equipamiento urbano, será destinado para la adquisición de predios

de reserva territorial urbana que sean de interés del Municipio, o en su caso la habilitación y dotación de espacios públicos e infraestructura en zonas que así lo requieran, para dotación de actividades para equipamiento urbano y/o espacios abiertos de apoyo a zonas con déficit en servicios en materia de convivencia social, recreativa, educativa o servicios de salud, o bien para la construcción de obras municipales.

Lo anterior fue confirmado por el secretario municipal, quien explicó que cuando se dan estos casos, el Municipio busca otros terrenos que pueda adquirir para equiparlo de acuerdo con las necesidades del entorno, ya sea un jardín, un área de juegos, entre otros.

En ese sentido, destacó que las áreas encargadas de dar el monto de lo que se ha invertido por concepto de pagos de áreas de donación destinados a compra de terrenos para equipamiento urbano serían la Secretarías de Finanzas, Servicios Públicos u Obras Públicas, quienes se encargan de desarrollar los proyectos de equipamiento urbano.

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