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Medidas sanitarias que deberán implementar empresas para iniciar labores

Foto: Cuartoscuro
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La Secretaría de Economía publicó un protocolo de lineamientos que deberán seguir las empresas para su próxima reapertura Lorena Rudo La Secretaría de Economía da a conocer -en un documento de 31 páginas-, el nuevo protocolo que deberán cumplir aquellas empresas que estén próximas a reabrir siempre y cuando estén dentro de las consideras esenciales … Leer más

La Secretaría de Economía publicó un protocolo de lineamientos que deberán seguir las empresas para su próxima reapertura

Lorena Rudo

La Secretaría de Economía da a conocer -en un documento de 31 páginas-, el nuevo protocolo que deberán cumplir aquellas empresas que estén próximas a reabrir siempre y cuando estén dentro de las consideras esenciales y a las cuales se incluyeron los sectores automotriz, construcción y minería.

Es decir, este protocolo deberán implementarlo las empresas esenciales que estén próximas a iniciar labores, pero también aquellas que aún no iniciarán con su reapertura ya que este lineamiento está incluido dentro de la ‘nueva normalidad’  tras el Covid-19.

Destacan que es el nuevo protocolo que empresas y trabajadores deben seguir puntualmente aunque la línea de contagios baje o no, esto para evitar un nuevo rebrote del virus.

Es preciso recordar que ahorita nos ubicamos en la-Etapa 2- Del 18 al 31 de mayo y será dentro de la -Etapa 3- que contempla a partir del 1 de junio, las actividades sociales, educativas y económicas serán acorde a un semáforo de riesgos donde apunta qué estados iniciarán sus actividades primero.

-Da clic aquí para revisar el semáforo de riesgos-

Medidas sanitarias a implementar

  • Evitar el hacinamiento en espacios y garantizar la disponibilidad permanente de agua potable, jabón, papel higiénico, gel con base de alcohol y toallas desechables para el secado de manos.
  • Establecer horarios alternados de comidas, baños y actividades cotidianas para reducir el contacto entre personas.
  • Incrementar el número de vehículos destinados al transporte de personal, con el fin de reducir el hacinamiento y la posibilidad de contagios, manteniendo una sana distancia y la ventilación natural del transporte.
  • Para las personas trabajadoras que se detectaron con signos de enfermedades respiratorias y/o temperatura corporal mayor a 37.5 °C, designar un área de estancia y aislamiento, dotarlas de un cubrebocas y remitirlas al domicilio particular y/o servicios médicos.
  • En caso de ser posible, colocar tapetes desinfectantes con concentraciones de hipoclorito de sodio de al menos 0.5%, asegurando que los mismos se encuentren limpios y con líquido desinfectante.
  • Establecer entradas y salidas exclusivas del personal, en caso de que se cuente con un solo acceso, este se deberá de dividir por barreras físicas a fin de contar con espacios específicos para el ingreso y salida del personal.
  • Promover que las personas trabajadoras no compartan herramientas de trabajo y/u objetos personales.
  • Establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente del centro de trabajo.
  • Establecer una política de control de visitas, proveedores y contratistas, con el fin de prevenir el riesgo de contagio originado en personas ajenas al centro de trabajo.
  • Implementar una política para el uso de las escaleras manteniendo la sana distancia, evitando tocar superficies como barandales para el tránsito dentro del centro laboral.
  • Protector facial o goggles o lentes de seguridad con protección lateral, superior e inferior de ojos.

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Medidas de prevención de brotes en la empresa

Son acciones que se realizan cuando se sospecha o se sabe que existe una infección en el centro laboral con la finalidad de contenerla, y evitar la propagación del virus entre el personal. Entre estas están comprendidos los controles de acceso, la identificación del personal infectado y de su entorno, así como las acciones de aislamiento y desinfección.

  1. Enviar a casa al personal con síntomas de la enfermedad, en caso de que presente dificultad para respirar, se deberá remitir al centro de atención médica más cercano.
  2. Identificar a personas trabajadoras que hayan estado en contacto con una persona infectada o con sospecha de infección y enviarlos a casa.
  3. Evitar el retorno de personas trabajadoras enfermos sin contar con la evaluación médica pertinente.
  4. Llevar el registro y seguimiento del personal en resguardo domiciliario voluntario y evaluar posibles casos de contagio.
  5. Incentivar al personal con sospecha o confirmación de COVID-19 a cumplir con el resguardo domiciliario corresponsable
Políticas temporales para empresas
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