Anúnciate aquí

Todo sobre el empleo ante Covid-19; qué hacer si te despiden

Días que destruyen años, semanas que acaban con décadas
Días que destruyen años, semanas que acaban con décadas

La emergencia sanitaria por Covid-19, ha hecho que muchas personas se queden sin empleo o sean suspendidas sin el salario correspondiente Ante la contingencia por el Covid-19, ha habido reportes de despidos en México, en los que algunas empresas hacen que sus empleados firmen su renuncia o bajas voluntarias, en otros casos reducen los salarios a … Leer más

La emergencia sanitaria por Covid-19, ha hecho que muchas personas se queden sin empleo o sean suspendidas sin el salario correspondiente

Ante la contingencia por el Covid-19, ha habido reportes de despidos en México, en los que algunas empresas hacen que sus empleados firmen su renuncia o bajas voluntarias, en otros casos reducen los salarios a un 50 por ciento. ¿Qué hacer en estos casos? Te explicamos.

Entrevistado al respecto el abogado laboral Arturo Alcalde Justiniani, refirió que es ilegal que las empresas despidan a sus empleados o reduzcan unilateralnente sus condiciones laborales.

“En este momento, en donde estamos, lo importante es dejar claro el mensaje de que los empresarios no pueden despedir a los trabajadores; si lo hacen, es un despido injustificado. No pueden unilateralmente reducir las condiciones de trabajo, porque ahorita el efecto va en dos sentidos: la pérdida de empleo o la reducción del ingreso. En ese sentido, no hay fundamento legal para que los patrones o los empresarios impongan reducción a las condiciones de trabajo”, dijo.

-Despidos labores en Querétaro-

Ante despidos a consecuencia de la emergencia sanitaria COVID-19, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en Querétaro puso a disposición los teléfonos 4422270629 – 4422270625 y 4422270628. O escribir al correo: [email protected]

En la Unidad de Inspección y Asesoría del Trabajo, ante incumplimiento de las condiciones generales de trabajo como: falta de seguridad social, falta de documentos previstos en la Ley en una relación de trabajo, incumplimiento de contratos individuales o colectivos de trabajo, llamar a los teléfonos: 4422356608 y 4422356607

En la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, se brinda atención telefónica en los números 4422270627 y 4422270624

Te puede interesar: Empleo temporal será de 6 horas por día en Querétaro

¿Qué dice la Secretaría de Trabajo y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo?

Preguntas frecuentes sobre el empleo:

1-¿Cómo debe interpretarse para el pago del salario?

La Ley Federal del Trabajo establece que para el caso de suspensión temporal por fuerza mayor será la autoridad quien determine el monto de indemnización sobre la base del salario del trabajador o trabajadora hasta por un mes, (art. 429 y 430 de la LFT)

En estos momentos es crucial que según sea la rama de la industria y la actividad económica a que se dedica cada empresa o negocio, exista un acuerdo mutuo para proteger a las y los trabajadores y a las fuentes de trabajo. La PROFEDET puede auxiliar para llegar a convenios que concilien los intereses de ambas partes.

2-Si mi centro de trabajo es de los que pueden continuar laborando, ¿qué medidas de seguridad e higiene debe tomar el patrón para proteger a los trabajadores?

En caso de tratarse de actividades permitidas no deberán laborar las personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con discapacidad o con enfermedades crónicas no transmisibles (como hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica o enfermedad cardiaca), o quien esté bajo algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico.

Deberá mantenerse la sana distancia, las medidas de higiene y atender al número máximo de 50 personas en un mismo espacio.

3-Si tengo síntomas de COVID-19, ¿puede pedirme dejar de laborar?

Sí puede hacerlo. Es incluso una obligación. Debe pedirte quedarte en casa y seguir las indicaciones de la autoridad de salud.

4-En caso de que yo sea diagnosticado(a) con COVID-19, ¿pueden despedirme?

NO, sería un despido injustificado y puedes acudir a la PROFEDET para que te defienda de manera gratuita, en los teléfonos 8009117877 y 8007172942

5-El patrón quiere adelantar mis vacaciones para que me vaya a casa en lo que pasa el periodo de contagio del coronavirus COVID 19, ¿puede hacerlo?

Sí puede, preferentemente de común acuerdo con el trabajador (art. 81 de la LFT).

6-El patrón me quiere someter a exámenes médicos para saber si padezco COVID-19, ¿puede hacerlo?

Sí, es obligación de todo trabajador someterse a los exámenes médicos, en términos del artículo 134 fracción X de la LFT.

7-El patrón me planteó que lleve a cabo mis actividades desde casa, ¿puede hacerlo?

Sí, debemos recordar que no se trata de vacaciones por lo que si las circunstancias lo permiten, lo procedente es que las actividades se realicen desde casa, tal y como lo ha recomendado la autoridad sanitaria durante la Jornada Nacional de Sana Distancia.

8-Mi patrón me dice que como vamos a suspender labores, sólo me va a pagar el salario mínimo porque así lo marca la ley, ¿eso es correcto?

No, lo que la autoridad determinó fue una emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor por lo que el criterio de pagar un salario mínimo no es aplicable.

9- Si mi patrón me separa del trabajo, ¿cuánto tiempo tengo para demandar?

Las acciones de los trabajadores que sean separados de su empleo prescriben en dos meses (art. 518 de la LFT).

La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha del despido. Considerando la situación actual, dicho plazo comenzará a transcurrir a partir de que se levante la emergencia sanitaria.

10-No sé si mi empresa debe seguir laborando.

Verifica el listado publicado por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación dando clic aquí  y su anexo aquí

Si su actividad económica no está expresamente mencionada en la lista debe suspender labores

Con información de la STPS y PROFEDET

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí

Más noticias


Contenido Patrocinado