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Con ‘Vigilante ciudadano’ se prevé apoyar a mil 300 ciudadanos en Querétaro

Con 'Vigilante ciudadano' se prevé apoyar a mil 300 ciudadanos en Querétaro
Con 'Vigilante ciudadano' se prevé apoyar a mil 300 ciudadanos en Querétaro

La intención es promover la colaboración ciudadana y beneficiar económicamente a la población afectada a través de la ayuda temporal hasta por dos meses Gonzalo Flores Quienes se integren al programa de empleo temporal creado por Gobierno del estado denominado ‘Vigilante ciudadano’ firmarán una carta compromiso de participación, de acuerdo a lo estipulado en el … Leer más

La intención es promover la colaboración ciudadana y beneficiar económicamente a la población afectada a través de la ayuda temporal hasta por dos meses

Gonzalo Flores

Quienes se integren al programa de empleo temporal creado por Gobierno del estado denominado ‘Vigilante ciudadano’ firmarán una carta compromiso de participación, de acuerdo a lo estipulado en el acuerdo de autorización y donde se emiten las reglas de operación, publicado en la más reciente edición del diario oficial ‘La Sombra de Arteaga’.

El Artículo 1 del acuerdo explica que el objetivo del programa es promover la participación y colaboración ciudadana en la protección del estado de Querétaro y beneficiarlos económicamente en este momento en donde la economía se está viendo afectada, lo anterior a través de la ayuda social temporal hasta por dos meses y hasta mil 300 ciudadanos durante el período de la contingencia por el COVID-19, durante el cual auxiliará y fortalecerá temporalmente a las instituciones de seguridad y protección civil en la promoción y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria.

El Artículo 3 se refiere a la población objetivo y meta programada, en el que se indica que son sujetos susceptibles de ser participantes del programa, aquellos ciudadanos hombres o mujeres que cumplan con los requisitos y criterios de acceso al mismo.

La meta programada es beneficiar temporalmente hasta mil 300 personas por un período de hasta dos meses, siempre que exista la suficiencia presupuestal emitida por el área administrativa correspondiente.

REQUISITOS PARA SER ‘VIGILANTE CIUDADANO’

El artículo sexto estipula los requisitos de acceso al programa: ser ciudadano mexicano lo cual se acreditará con la exhibición en forma original de documento idóneo (Acta de Nacimiento, CURP, IFE o INE); radicado en los Municipios del Estado de Querétaro donde se aplica el programa lo cual se acreditará con la exhibición en forma original de documento idóneo (Recibo de pago de servicio de su domicilio actual); contar con disponibilidad de horario; tener entre 20 y 40 años de edad; contar con una cuenta bancaria, y proporcionar su número, así como CLABE interbancaria; manifestar bajo protesta de decir verdad el no contar con empleo formal actualmente y que tiene dependientes económicos; presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC); entregar solicitud de apoyo firmada por el interesado, a la que se adjunte identificación oficial y documentos con los que acredite cumplir con los requisitos, la cual deberá ir dirigida al Secretario de Seguridad Ciudadana; y firmar la carta compromiso de participación en el programa.

Como informó el gobernador del estado Francisco Domínguez Servién, el artículo séptimo del acuerdo señala que el apoyo para los participantes será de mil 500 pesos semanales, el cual se depositará a las cuentas bancarias de los participantes señaladas para ese efecto.

El apoyo se otorgará siempre y cuando los participantes, hayan cumplido con las obligaciones previstas en el Artículo 9 de las Reglas de Operación.

Dentro del Artículo 8 se enumeran los derechos de los participantes: recibir el Apoyo bajo los requisitos y procedimientos aplicables; ser tratados con respeto y dignidad y en apego a los Derechos Humanos; recibir capacitación para su participación en el programa; y traslado de un punto de encuentro establecido a su lugar donde desarrolará sus actividades y de regreso.

Con 'Vigilante ciudadano' se prevé apoyar a mil 300 ciudadanos en Querétaro
Con ‘Vigilante ciudadano’ se prevé apoyar a mil 300 ciudadanos en Querétaro

 

El Artículo 9, se enfoca en las obligaciones de los participantes, como son apoyar a las instituciones de seguridad y protección civil en la promoción y cumplimiento de las medidas de seguridad sanitaria derivadas de las contingencias del COVID-19; cumplir en todos sus términos con lo dispuesto en las Reglas de Operación y demás normatividad aplicable; participar de manera coordinada y corresponsable en el programa;

Además cubrir una jornada de participación en el programa con duración de 8 horas continuas, conforme los días y horarios establecidos para cada participante; permanecer durante la jornada de participación en los lugares que le sean asignados; reportar a las autoridades de Seguridad Pública y Protección Civil, aquellos casos en los que sea necesaria su intervención.

El décimo artículo destaca que el otorgamiento del apoyo se cancelará en caso de cometer actos u omisiones atribuibles al participante como presentación de documentación o información falsa o alterada; ser participe en el programa encontrándose en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias prohibidas; insulte, denigre, amedrente o ejerza cualquier acto de violencia contra la ciudadanía u otros participantes del programa; no acuda a desarrollar las actividades del programa en tres ocasiones; realice cualquier conducta contraria a la moral y buenas costumbres; así como el incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en las reglas de operación.

El artículo 11 detalla el procedimiento del Programa, tanto de programación presupuestal como ejecución. La fracción V indica que la Secretaría recibirá el expediente y revisará el cumplimiento de los requisitos establecidos del solicitante; en su defecto, informará a la corporación para que esta prevenga al solicitante para que subsane las cuestiones que sean necesarias en un plazo no mayor a 24 horas. En caso que el solicitante no subsane los requerimientos señalados, se tendrá como no presentada la solicitud.

Las fracciones VII, VIII y IX señalan que la resolución de acceso al programa se informará por la Secretaría a través de su página oficial de internet, y también en su caso, mediante comunicado a las corporaciones para que a su vez sea comunicado a los interesados. Se procederá al proceso de firma carta compromiso de adhesión al programa por el participante y se procederá al proceso de capacitación.

Para la ejecución del programa, la Secretaría implementará los registros de asistencia y formulará un reporte semanal de las mismas, a efecto de realizar las gestiones para que se realicen las trasferencias bancarias a los participantes en el programa.

La Secretaría y las corporaciones deberán realizar visitas de campo aleatorias para corroborar la asistencia y desempeño de los participantes

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