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Establecen plan para contingencia ambiental

Foto: Constanza Escamilla / Establecen plan para contingencia ambiental
Foto: Constanza Escamilla / Establecen plan para contingencia ambiental

Contempla definición de índices de calidad del aire y mapeo de zonas vulnerables. El proyecto se apoyará con el sistema de monitoreo atmosférico Gonzalo Flores Con la instalación del Programa de Contingencias Atmosféricas la zona metropolitana de Querétaro, se contará con un sistema que permitirá activar medidas para proteger la salud de la población ante … Leer más

Contempla definición de índices de calidad del aire y mapeo de zonas vulnerables. El proyecto se apoyará con el sistema de monitoreo atmosférico

Gonzalo Flores

Con la instalación del Programa de Contingencias Atmosféricas la zona metropolitana de Querétaro, se contará con un sistema que permitirá activar medidas para proteger la salud de la población ante riesgos ocasionados por contaminantes atmosféricos.

El plan fue publicado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable en la más reciente edición de La Sombra de Arteaga.

Con este documento se pretende crear el sistema de alerta temprana en materia de salud ambiental, denominado SATSA, el cual está contemplado en el Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire de la Zona Metropolitana de Querétaro-San Juan del Río 2014- 2023, en su Estrategia IV: Protección a la Salud de la Población.

En el documento se consideran de naturaleza diversa los riesgos sanitarios ocasionados por la contaminación atmosférica sobre la salud.

El proyecto prevé que con un sistema de alerta temprana, aunado a la información proporcionada por el sistema de monitoreo atmosférico, se tenga una rápida reacción en la aplicación de acciones para minimizar los daños que pueda producir la contaminación atmosférica en la salud de la población y los ecosistemas.

Los beneficios esperados son la reducción de los efectos a la salud por la exposición a los contaminantes atmosféricos.

En la más reciente edición de La Sombra de Arteaga, la Secretaría de Desarrollo Sustentable publicó el Programa de Contingencias Atmosféricas.

Después de que el Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire de la Zona Metropolitana de Querétaro-San Juan del Río 2014-2023, en su ‘Estrategia IV: Protección a la Salud de la Población», estableciera como medida número 21, la creación de un sistema de alerta temprana en materia de salud ambiental (SATSA).

El objetivo es tener respuesta oportuna que permita activar medidas preventivas, a fin de proteger la salud de la población contra posibles riesgos ocasionados por los contaminantes atmosféricos.

Como justificación, se consideran los riesgos sanitarios como consecuencia de la polución sobre la salud que son de naturaleza diversa.

La contaminación afecta principalmente a la población vulnerable. La alerta temprana es una herramienta complementaria a la información proporcionada por el monitoreo atmosférico. Esto permitirá una rápida reacción en cuanto a la aplicación de acciones que permitan minimizar los daños en la salud de la población y los ecosistemas.

Entre los beneficios más esperados, se encuentra la reducción de los efectos a la salud de la población en el corto y mediano plazo.

Las acciones que están en ejecución por parte de la dependencia son: diseñar el manual de procedimientos de operación y actuación del Sistema de Alerta Temprana en Materia de Salud Ambiental (SATSA); definir el Índice de calidad del aire estatal basado en las NOM vigentes. Además, elaborar un mapa o plano de la cuenca atmosférica considerando comunidades y zonas vulnerables con información geográfica (SIG); evaluar y analizar la información proporcionada por el Monitoreo Atmosférico para determinar los posibles daños a la población.

Igualmente, implementar herramientas de difusión de la calidad del aire como: abanderamiento en escuelas, hospitales, taxis; difundir la información a la población, en general, cuando existan riesgos a la salud por mala calidad del aire, precontingencia, contingencia y la creación de un sitio web para el SATSA.

La medida 22 consiste en desarrollar y aplicar un Programa de Contingencias Atmosféricas, con el objetivo de contar con una herramienta que incluya las estrategias, acciones y procedimientos para atender los episodios con elevadas concentraciones de contaminantes atmosféricos.

Las acciones de ejecución de Sedesu, en este punto, son establecer el Comité de Respuesta a Contingencias Atmosféricas (CRCA); difundir las medidas preventivas de protección a la salud de la población en general; actualizar periódicamente los límites de activación del programa e informar a la población sobre el cumplimiento del Programa de Contingencias.

El acuerdo aprobado de este programa, señala que es de cumplimiento general en todo el territorio del estado de Querétaro y tiene por objeto informar a la población sobre episodios elevados de Ozono (O3), así como reducir las emisiones, además de establecer las medidas preventivas con la finalidad de salvaguardar la salud pública.

La Sedesu podrá declarar activación o suspensión de contingencia ambiental en la zona comprendida por los municipios de Querétaro, Corregidora, El Marqués y San Juan del Río, cuando el monitoreo de las concentraciones de ozono (O3), realizado por el Centro de Monitoreo de la Calidad del Aire del Estado de Querétaro (CeMCAQ), rebase los límites previstos.

En la fase 1, se activará la contingencia atmosférica cuando se tenga un promedio horario mayor o igual a 0.096 ppm o, promedio móvil de 8 horas mayor o, igual a 0.071 ppm.

En el caso de la fase 2, será cuando se presente un promedio de horario mayor a igual a

0.176 ppm o, promedio móvil de 8 horas mayor o, igual a 0.115 ppm. Los límites se basan en la NOM-020-SSA1-2014 y NOM-172-SEMARNAT-2019 del Índice de Aire y Salud.

Se activará contingencia atmosférica ambiental por ozono (O3) en alguna de sus fases si una o más de las estaciones de monitoreo localizadas dentro de los municipios de Querétaro, Corregidora o El Marqués, detecte el valor máximo correspondiente en promedio de una hora o promedio móvil de ocho horas (cualquiera que aplique primero) y si los pronósticos meteorológicos y de calidad del aire sean desfavorables para las siguientes 24 horas.

Si los límites se exceden en alguna de las estaciones, a consecuencia de un fenómeno natural o desplazamiento de las masas de aire fuera de la cuenca atmosférica, el Comité del Sistema de Alerta Temprana en Materia de Salud Ambiental determinará si es procedente la activación.

El comunicado de activación o suspensión de una contingencia atmosférica ambiental deberá replicarse intacto en el sitio web de todos y cada uno de los municipios o dependencias integrantes del CATSA, así como también en la aplicación para teléfono móvil de la calidad del aire de la Sedesu.

El CATSA podrá emitir boletines informativos para notificar a la población sobre el estado de la calidad del aire.

Al ser información pública, la ciudadanía en general, así como los propietarios de fuentes móviles y fijas deberán cumplir con las recomendaciones que emita el CATSA, en cuanto se determine una suspensión.

El primer día de activación en cualquiera de sus fases, comprenderá las primeras 24 horas a partir de su declaratoria, así como también el segundo día, en tanto se determine su suspensión.

Los municipios de Querétaro, Corregidora, El Marqués y San Juan del Río, podrán establecer medidas adicionales que favorezcan la salud de la población. De la misma manera, podrán emitir recomendaciones adicionales para generadores de emisiones contaminantes.

El acuerdo entrará en vigor tras su publicación en el diario oficial.

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