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Quien fallezca por causas relacionadas al COVID-19 no tendrá funeral

Foto: iStock
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Las personas deberán evitar su concentración en parques, centros deportivos, recreativos, plazas y demás espacios públicos Carlos Uriegas La Sombra de Arteaga, periódico oficial de Querétaro, publica las medidas que se autorizaron en la sesión del Consejo Estatal de Seguridad, de entre las que destacan la posibilidad de que autoridades de Salud o alguna Institución … Leer más

Las personas deberán evitar su concentración en parques, centros deportivos, recreativos, plazas y demás espacios públicos

Carlos Uriegas

La Sombra de Arteaga, periódico oficial de Querétaro, publica las medidas que se autorizaron en la sesión del Consejo Estatal de Seguridad, de entre las que destacan la posibilidad de que autoridades de Salud o alguna Institución de Seguridad ingresen a domicilios o negocios  para revisar si se está poniendo en riesgo la salud de la población y quien fallezca por causas relacionadas al COVID-19 no tendrá funerales y será cremada.

Durante la sesión del gobernador Francisco Domínguez Servién y su Consejo Estatal de Seguridad se autorizaron 28 medidas que fueron publicadas en La Sombra de Arteaga.

Se detalla que las mismas instancias podrán emitir clausura de locales o centros de reunión. El aislamiento de personas infectadas por Covid-19 en inmuebles, podrá ser vigilado por Salud o algún ente de seguridad.

Además, las Instituciones de Seguridad competentes podrán intervenir en los espacios públicos municipales, para suspender y evitar la concentración y celebración de eventos promovidos por particulares”, menciona el periódico oficial del estado.

También se destaca el la cláusula décimo cuarta  que “las personas que fallezcan deberán ser sujetas al procedimiento de incineración, por lo que estará prohibido realizar velaciones o celebraciones funerarias que pongan en riesgo a las personas”, situación que podrá ser supervisada por las instituciones de seguridad.

Los permisos otorgados para la celebración de eventos en el territorio del Estado también quedarán sin efectos por razón de interés público

El Consejo Estatal de Seguridad reitera la obligación que existe a cargo de los directores o jefes encargados de las escuelas, fábricas, talleres, asilos, oficinas, establecimientos comerciales o de cualquier otra índole y, en general, toda persona que por circunstancia ordinaria o accidentales tenga conocimiento de algún caso de la enfermedad transmisible COVID-19 , de dar aviso a las autoridades competentes en materia sanitaria. En caso de omisión, se procederá en términos de las disposiciones aplicables a la imposición de sanciones y medidas de seguridad correspondientes, de conformidad con las disposiciones normativas”.

 

“Los trabajadores de los Servicios de Salud del Estado de Querétaro y de la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo, con el apoyo de las instituciones de Seguridad, por necesidades técnicas de los programas específicos de prevención y control de la enfermedad COVID-19 y por situaciones que pongan en peligro la salud de la población, podrán acceder al interior de todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de las actividades encomendadas a su responsabilidad, para cuyo fin deberán estar debidamente acreditados por alguna de las autoridades sanitarias, de conformidad con el artículo 143, de la Ley General de Salud”.

También las personas deberán evitar su concentración en parques, centros deportivos, recreativos, plazas y demás espacios públicos, por lo que los integrantes de las Instituciones de Seguridad podrán conminar a los particulares para que se retiren del lugar.

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