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Transporte pesado solo circulará de noche

Foto: Archivo.
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Los Oficiales de Movilidad podrán atender cualquier hecho de tránsito o siniestro, ya sea en vías públicas municipales, estatales o federales Gonzalo Flores La capital del estado ya tiene el nuevo Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro. En un apartado se destaca la regulación de los vehículos de carga pesada … Leer más

Los Oficiales de Movilidad podrán atender cualquier hecho de tránsito o siniestro, ya sea en vías públicas municipales, estatales o federales

Gonzalo Flores

La capital del estado ya tiene el nuevo Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro. En un apartado se destaca la regulación de los vehículos de carga pesada que transitan por la avenida 5 de Febrero y la carretera 57.

Se contempla que los transportes de carga con peso mayor a 3 mil 857 kilogramos solo podrán circular por vías públicas de competencia municipal en un horario de 22:00 a 06:00 horas.

Por unanimidad, se aprobó el acuerdo del reglamento, que, según el alcalde Luis Bernardo Nava Guerrero, “responde a la realidad actual del Municipio”.

En la normativa resaltan medidas como la sanción económica de 40 Unidades de Medida de Actualización más arrastre obligatorio de vehículo para quienes se estacionen en lugares de estacionamiento exclusivos para personas con discapacidad, arresto de hasta 24 horas por apartar lugares, además de la facultad de los agentes de Movilidad para aplicar multas, e incluso el inciso para la adecuación de un transitorio para la regulación del tránsito pesado en vías federales que atraviesan la ciudad, el cual será adherido posteriormente.

Además, el Cabildo creó una comisión transitoria para la regulación del transporte pesado que colaborará con la SCT para afinar los horarios

Con la aprobación del Reglamento de Movilidad y Tránsito del Municipio de Querétaro se los Oficiales de Movilidad podrán atender cualquier hecho de tránsito o siniestro, ya sea en vías públicas municipales, estatales o federales, cuando se vulnere el orden público, la paz social, o bien, se ponga en riesgo la integridad física o la vida de las personas, de acuerdo al capítulo 2 de las Disposiciones Generales.

En la nueva normativa se establece que el “derecho a la movilidad es aquel que toda persona y la sociedad tienen a la coexistencia de una gran variedad de formas de movilidad de calidad y aceptable, suficiente y accesible”.

Con estos argumentos, ahora los oficiales de Movilidad podrán levantar infracciones a conductores de vehículos, amonestar en el caso de peatones y vehículos no motorizados, además de que si el infractor insulta o denigra al oficial será remitido a juzgados cívicos para aplicar la sanción de 20 a 30 Unidades de Medida de Actualización y tres puntos menos de la licencia de conducir.

  • JERARQUIZAN MOVILIDAD

Dentro del Artículo 12, se considera que la Administración Pública Municipal facilitará las condiciones para que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que ofrece el Municipio. Se considerará como prioridad el nivel de vulnerabilidad de los usuarios, el impacto que cada medio de transporte genere en el ambiente y la contribución a la productividad.

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  • ARRESTO A QUIENES OBSTACULICEN ESPACIOS

De entrada, el Artículo 21 señala que son de 20 a 30 Unidades de Medida de Actualización que se aplican como multa por reservar espacios de la vía pública con el propósito de lucrar con ellos o de beneficiarse con los mismos u ofrecerlos como estacionamientos a cambio de cualquier tipo de remuneración.

  • INCLUYE TRANSITORIO PARA REGULACIÓN DE TRÁNSITO PESADO

El Artículo 57, considera que los vehículos de transporte de carga con un peso mayor a 3 mil 857 kg, no podrán circular por las vías públicas de competencia municipal, estatal o diversa que hayan sido transferidas al Municipio y las que hayan sido convenidas con el Estado o la Federación para tal efecto, en el horario comprendido entre las 6:00 y las 22:00 horas.

También se votó a favor la creación de una Comisión Transitoria, integrada por el líder de cada fracción política, para mantener reuniones con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y otras dependencias que así se requiera para avanzar en la pronta aplicación de esta medida dentro del nuevo Reglamento para la Movilidad y el Tránsito, a través de un transitorio que se agregará posteriormente y entrará en vigor 6 meses después de su publicación, con el propósito de generar mesas de trabajo con el sector industrial para que se afecte lo menor posible a un importante sector económico de la demarcación.

Se respetará la tarifa preferencial de Qrobús: FDS

Jerarquía de movilidad

  • Peatones, en especial personas con discapacidad o movilidad limitada.
  • Vehículos no motorizados.
  • Vehículos para el transporte público.
  • Transporte de carga.
  • Vehículos motorizados de uso particular y motociclistas.

AMIP.

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