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Consejerías electorales deben presentar ‘3 de 3 contra la violencia’

CUARTOSCURO
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Redacción   El Instituto Nacional Electoral (INE) incorporó al reglamento para la designación y remoción de consejeros electorales locales el formato ‘3 de 3 contra la violencia’. Con el formato se pretende acreditar que los aspirantes a un cargo de consejera o consejero de los Organismos Públicos Locales (OPL) no son personas condenadas por violencia … Leer más

Redacción

 

El Instituto Nacional Electoral (INE) incorporó al reglamento para la designación y remoción de consejeros electorales locales el formato ‘3 de 3 contra la violencia’.

Con el formato se pretende acreditar que los aspirantes a un cargo de consejera o consejero de los Organismos Públicos Locales (OPL) no son personas condenadas por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o que sea deudor alimentario moroso.

Quienes aspiren a integrar los órganos de decisión de los OPL deberán entregar el formato como parte de la documentación de la convocatoria en la que participen al momento de ingresar su solicitud de registro.

Este criterio fue inicialmente establecido para que los partidos lo incluyeran en la designación de sus candidaturas; ahora se consideró necesaria en los procesos de selección, ingreso, reingreso, reincorporación, promoción, ascenso y designación al servicio Profesional Electoral Nacional, así como en la designación de las y los consejeros electorales locales.

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