Ciertamente es una pregunta capciosa. En estricto sentido, gozamos del derecho a la libre profesión, siempre y cuando se cumplan ciertos requerimientos. En esa línea de ideas, ¿qué sucede con los 15 años que dura el encargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
El artículo 98 constitucional enmarca las causas graves como único motivo para dimitir de la honrosa encomienda. Esto cobra relevancia dado que nuestro máximo tribunal se encuentra en el escrutinio político derivado de su relación estrecha con el régimen obradorista.
Si hacemos una remembranza, el presidente de la República será el responsable de la designación de cinco de los 11 ministros, entre los que destacan Juan Luis González Alcántara, Margarita Ríos-Farjat, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf y la futura vacante de la ponencia del ministro Arturo Zaldívar, cuya renuncia tiene un fondo ambicioso que busca alinearse con una campaña presidencial, ignorando por completo el contenido de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por lo que he analizado en los últimos días, estimada o estimado lector, la oposición en el Senado no será un impedimento para validar dicha renuncia; sin embargo, esto no es un tema menor, ya que la SCJN ha sido el contrapeso ideal frente a los actos del poder fáctico, por lo que la mayoría de perfiles con una corriente ideológica determinada puede mermar el rumbo del país.
Que esta oportunidad sirva para reformar con mayor rigidez la causal prevista en el numeral 98 de nuestra carta magna.
Sergio Arellano
- Asesor en derechos humanos.
- @siarellano5