Estrella Rojas
El 1 de octubre de 2021 el Ejecutivo Federal hizo llegar a la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma constitucional, mediante la cual proponía reformar los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, en materia energética. Propuesta que fue desechada en esta misma Cámara el 17 de abril de 2022.
Esta iniciativa causó mucho revuelo mediáticamente, pues pretendía entre otras cosas, la eliminación de los órganos reguladores coordinados en materia energética, es decir la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Por un lado, había quien respaldaba la propuesta, aduciendo que tanto la CRE como la CNH fueron creados en regímenes anteriores para debilitar la acción de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y favorecer a las empresas privadas en el despacho de la energía eléctrica; por lo que su actuar resultaba innecesario y que los recursos que se invertían en ellos, bien podrían destinarse a becas o a algún tipo de programa social.
Pero, por otro lado, especialistas y algunos medios daban cuenta del como la iniciativa presidencial proponía eliminar los contrapesos institucionales y filtros técnicos en detrimento de la autonomía de los órganos reguladores, con lo que se buscaba la concentración del poder en el Ejecutivo Federal.
A propósito del reciente nombramiento de Leopoldo Melchi como Comisionado presidente de la CRE, quisiera referirme a esta dependencia, pues si bien, resulta electoralmente favorecedor pedir que desaparezca y que sus recursos se canalicen a programas sociales, lo cierto es que de eliminarlo habría una severa afectación en las finanzas públicas y la inversión en nuestro país.
Este órgano, regula a los participantes del mercado eléctrico, incluyendo a la CFE; además de marcar línea en los mercados del gas LP, gas natural y las estaciones de servicio de venta de gasolina y otros combustibles, desde dar y quitar permisos, hasta fijar los precios en el caso del gas LP.
De ahí su importancia y que, en su momento el actuar de este ente técnico fuera pensado lejos de las decisiones de carácter político del gobernante en turno a través de la Secretaría de Energía.
La CRE cuenta con un Órgano de Gobierno integrado por siete Comisionados, incluido su Presidente. Los Comisionados son designados por períodos escalonados de 7 años de sucesión anual, la vacante que se produzca es cubierta por la persona que designe el Senado por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes de la terna propuesta por el Titular del Ejecutivo Federal, previa comparecencia. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna, el Presidente de la República somete una nueva. Si esta segunda también es rechazada, ocupará el cargo de Comisionado la persona que dentro de dicha terna designe el Presidente.
Este método de elección ha afectado la autonomía de este órgano regulador, pues, al final, es el Presidente quien termina designando a los comisionados lo que nos hace reflexionar si debemos repensar este método de elección de los integrantes de un órgano tan importante.