Sergio Arellano
Estimada o estimado lector, quiero comentarle sobre un tema que no es tan taquillero entre las propuestas de quienes piden el voto popular. No obstante, su consideración es fundamental. Vamos a visualizar el problema. En mayo del 2021, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, conoció del caso de Daniel García y Reyes Alpízar Ortiz, ambos de nacionalidad mexicana y privados de su libertad durante 17 años. ¿Saben lo peor? Estaban en prisión preventiva. Esto quiere decir, que no se tenía certeza sobre su culpabilidad. Se les acusó del homicidio de una regidora panista. Durante el estudio de las pruebas, este órgano internacional, encontró la presencia de omisiones, tortura y coacción; actos cometidos por la autoridad investigadora del delito. En el sentido de que, los imputados, no conocían los cargos que les atribuían, se ofrecieron testimonios bajo presión, enfrentaron el arraigo como un medio punitivo y, por si fuera poco, les dieron un trato incriminatorio desde la presentación ante el ministerio público. Configurando una flagrante violación al principio de presunción de inocencia. ¿Se imaginan cuántas historias como ésta, tenemos en nuestro país? En el estudio de fondo, la comisión recomendó al estado mexicano: 1) reparar en aspecto material e inmaterial a las víctimas, 2) concluir prontamente el proceso penal en apego al cumplimiento del derecho al debido proceso, 3) llevar a cabo una investigación de los hechos que constituyen una violación a la dignidad de los involucrados, 4) realizar los ajustes normativos que se necesiten dentro de la legislación penal aplicable y, por último, capacitar a quienes laboran en la Procuraduría General de Justicia que actuó en el desahogo de estas diligencias. Como verán, hay muchas personas que necesitan una defensa legal adecuada para prevenir y erradicar estos contextos de injusticia. Sin mencionar, la imperante necesidad de que las fiscalías, así como los juzgadores, tomen consciencia de sus actos. ¿Quién puede reponer 17 años perdidos?
MT