Para esto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de una jurisprudencia, estableció un criterio por demás interesante y que protege ampliamente a la niñez
Sergio Arellano
Si eres de los que se identifica con la frase “Hasta que un juez nos separe”, este artículo es de tu interés. Quiero platicarte un escenario que resulta cotidiano. Es muy común que, después de un ajetreado divorcio, entre otras cosas, se tenga que acordar lo relativo a las convivencias de la madre y el padre con los hijos.
En ocasiones, se cuenta con el consenso. Cuando no es así, tiene que intervenir el juzgador para delimitarlas. Cuando se trata del segundo supuesto, el juez tiene que ser muy observador de la relación existente, por ejemplo, con quien pasa la mayoría del tiempo, si tratan bien al menor, tienen un trabajo estable, gozan del tiempo suficiente para atenderlo; sin descartar la relevancia de escuchar al propio infante.
Una vez decretadas las convivencias a través de un calendario, llegamos al tema principal que quiero comentarte. ¿Qué sucede si mi hijo o hija es parte de la población vulnerable en razón de la COVID-19? Es decir, ¿qué puedo hacer si se presume que la pandemia puede representar un contagio inminente para él o ella por motivo de una convivencia? Lo anterior, porque se acostumbra salir al cine, visitar familiares, ir al parque o cualquier otra circunstancia que puede provocar la exposición al virus que actualmente nos aqueja.
Para esto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de una jurisprudencia, estableció un criterio por demás interesante y que protege ampliamente a la niñez. Después de un riguroso análisis, el alto tribunal mexicano estableció que las convivencias pueden llevarse a cabo a través de plataformas electrónicas que permitan videollamadas o reuniones virtuales en aras de salvaguardar la salud y la vida de los menores. Dejando a un lado, por el momento, las visitas presenciales o traslados innecesarios. Con esto, podemos evitar lamentables eventualidades. Ojo, no se te olvide que estos riesgos tienen que ser expuestos ante el juez previo a una sentencia definitiva. En suma, si estás pasando por un proceso parecido al que te acabo de señalar, te recomiendo asesorarte con un buen abogado, para que los derechos fundamentales del menor se apliquen cabalmente.