Manifestaron que la principal causal de despido entre las mujeres, recae en su situación de embarazo
Sergio Arellano
Uno de los aportes que tuvo el congreso constituyente mexicano en 1917, fue la estructura de un modelo social que estuviera tutelado por la norma. Entre los derechos que relucieron en tal constitución –que actualmente nos rige- se distingue, el trabajo. Cuando empezamos a leer nuestra ley laboral, se tocan aspectos como el de dignidad, igualdad o decencia; sin embargo, ¿qué tanto se aplican? Lo pregunto porque el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) arrojó unas cifras que demuestran la necesidad de implementar programas de prevención de riegos y cumplimento en las empresas. Veamos. En su más reciente informe, manifestaron que la principal causal de despido entre las mujeres, recae en su situación de embarazo. Gravísimo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha pedido la invalidez de las cartas de renuncia por esta cuestión. Ahora, en los últimos nueve años, se han presentado 685 quejas por dicho motivo ante el CONAPRED. Sin contar aquellos casos que no han sido denunciados. Esto quiere decir, que las personas jurídicas, han evadido lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo en sus artículos 56, 132, 133 y relativos. Queda claro que tenemos un reto muy importante en esta materia para la salvaguarda de los derechos humanos. Al respecto, 17 mil mujeres han abandonado sus empleos por discriminación o acoso en atención a la métrica del INEGI.
Indistinto al tema del embarazo. En suma, puedo decir que las acciones legales siempre serán de utilidad para no permitir el abuso patronal, sin excluir que las empresas tienen una responsabilidad múltiple que les exige observar el plano fiscal, laboral, corporativo, civil y la protección de la dignidad humana de quienes ofrecen sus servicios. Cuya omisión puede derivar en una multa, suspensión de actividades de forma temporal o permanente, dependiendo de la gravedad. Empresa precavida, vale por dos.