“Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”. Séneca
El nuevo sistema penal acusatorio debe ser entendido por todos; los abogados litigantes, los elementos de seguridad pública y los miembros del Poder Judicial no deben ser los únicos con conocimiento de causa.
Este diseño tiene como principal aspiración, corregir todas las deficiencias del esquema tradicional que fue utilizado por generaciones. Con los ajustes a la legislación vigente, ¿qué derechos tienen el imputado y la víctima del delito? Tratándose del primero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido algunos parámetros de imperdible observancia: debe contemplarse el principio de presunción de inocencia, conocer las razones de su retención, un defensor de oficio, la irretroactividad de la ley, comunicarse con su familia, no ser sometido a detenciones arbitrarias o a técnicas de investigación que atenten contra su dignidad, el acceso a un recurso o apelación; ser presentado ante el juez o tribunal sin demora, entre otras cuestiones fundamentales.
En cuanto a la situación del ofendido, ¿qué podemos asegurarle? Indudablemente debemos tomar en cuenta que se le debe brindar asesoría jurídica y psicológica durante el proceso, que se investigue y castigue conforme a la norma en caso de que no exista una salida a través de los medios alternos de solución de controversias; que pueda oponerse al procedimiento abreviado con toda libertad, impugnar omisiones o resoluciones del Ministerio Público en la integración del expediente; de igual manera, el juzgador debe considerar el otorgamiento de providencias precautorias para la protección de la parte acusadora, la imposición de medidas cautelares y la restricción de publicidad de la audiencia.
En todo momento debe prevalecer el objetivo de la reparación del daño y la restitución de derechos; sin perder de vista que estamos sujetos al mandato constitucional de justicia pronta y expedita como valor primordial. Con la implementación de todos estos criterios, me remitiré a lo siguiente: el margen argumentativo es abundante; sin embargo, la interpretación debe ser muy precisa, inclinándose por la preservación de los derechos humanos.