El día de mañana con el domingo de ramos, se inicia para los cristianos el periodo denominado como “Semana Santa”, días en los que recordamos la pasión, muerte y resurrección de Nuestro Señor Jesucristo, días de reflexión, de oración y de silencio, que concluyen con la gran fiesta de la Pascua, que para los cristianos es la fiesta más grande de nuestra fe.
En nuestra actual civilización de internet, de problemas, de un ritmo acerado de vida, de preocuparnos por situaciones secundarías en lugar de nosotros y de nuestros semejantes, el recuerdo de la Semana Santa, debiera ser un momento idóneo para detener nuestros ritmos cotidianos de vida y dar un espacio a lo que somos, todo a la luz de la fe, si así se considera.
San Juan del Río, fiel a su tradición y cultura cristiana se prepara para la celebración de los días santos, con sus procesiones, con sus cultos tradicionales como el antiquísimo rito del “Aposentillo” que se realiza el martes santo en el templo del monasterio del Beaterio de Nuestra Señora de los Dolores. O que decir de la visita a los monumentos el jueves santo o el via crucis el viernes santo
Antiguamente estos días eran de un rigor absoluto, que incluso se manifestaba en los documentos del Cabildo sanjuanense en donde se dictaban algunas disposiciones en donde se ordenaban realizar algunas acciones u omitir algunas otras.
En el libro “Testimonios para la Historia”, escrito por diversos sanjuanenses, la autora Concepción Castillo Escalona, nos hace referencia a un bando de 1853, que entre algunos puntos mencionaba:
“Siendo los deberes de un pueblo cristiano principalmente los días en que se hace la conmemoración de los padecimientos de Nuestro Salvador, el guardar toda la decencia posible y evitar los escándalos que produce la embriaguez se tomarán las siguientes prevenciones:
1.- Los escandalosos por embriaguez en cualquier día de la inmediata Semana Santa, sufrirán la pena de veinticinco días de obras públicas.}
2.- Desde el Jueves Santo hasta el toque de Gloria del sábado se prohíbe el expendio de licores embriagantes bajo la pena de cinco a diez pesos de multa.
3.- Exceptuándose del art. Anterior los individuos que por una razón inesperada tengan urgencia de hacerlo, se podrán aprender bajo caución de uno de los señores capitulares.
4.- A las doce del día del jueves y Viernes Santo se cerrarán las tiendas vinaterías y pulquerías pudiéndose abrir de la oración hasta las ocho de la noche las tiendas donde se expenden comestibles.
5.- Todos los días de los Semana Santa se barrerán y asearán las calles por los vecinos, regándose además las que sirven de tránsito de las procesiones poco antes de que éstas pasen, bajo multa a los infractores de dos a doce reales.
6.- Se prohíbe andar en coche o a caballo por las calles de esta ciudad desde las nueve de la mañana del Jueves Santo, hasta el repique del Gloria, bajo multa de dos reales a cinco pesos.
7.- Se exceptúan de la pena en el art. anterior los que prueben ante autoridad la grave necesidad de hacerlo.
San Juan del Río, abril 8 de 1853.
Eran otros tiempos, y así vivían los sanjuaneneses la Semana Santa en el siglo XIX.