Anúnciate aquí

10 respuestas a tus dudas sobre el pago de tu aguinaldo

Cumplirá 90 por ciento de empresas en Querétaro con el aguinaldo: Rivadeneyra
Cumplirá 90 por ciento de empresas en Querétaro con el aguinaldo: Rivadeneyra

El aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en la ley   Redacción La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puso a disposición de los trabajadores mexicanos un documento que aclara diversas preguntas sobre el pago del aguinaldo. Hemos reunido 10 respuestas de la dependencia sobre este … Leer más

El aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en la ley

 

Redacción

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puso a disposición de los trabajadores mexicanos un documento que aclara diversas preguntas sobre el pago del aguinaldo. Hemos reunido 10 respuestas de la dependencia sobre este tema.

Si tienes más dudas, puedes consultar el documento completo aquí.

 

1. ¿Quiénes son las personas que tienen derecho al aguinaldo?

Los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes. En general, dicha prestación laboral aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo.

2. ¿En qué fecha debe entregarse el aguinaldo?

El aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

 

3. ¿Qué cantidad debo recibir de aguinaldo? ¿Cómo calculo mi aguinaldo?

Por lo menos 15 días. Para su cálculo se debe considerar el salario base o lo que ordinariamente se percibe por día laborado. Salario por 15 es igual a Tu Aguinaldo.

 

4. ¿Con qué salario se debe cubrir el pago del aguinaldo?

En el caso de los trabajadores que tengan un salario fijo, el cálculo debe hacerse con el salario cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo.

Si el monto del salario es variable por unidad de obra (trabajo a destajo), se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba la o el trabajador.

Para los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo en caso de que no hayan cumplido el año.

5.- ¿Qué debo hacer si no recibo mi aguinaldo antes del 20 de diciembre?

La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma. Si se incumple, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces UMA para este tipo de infracciones, y se determina que el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.

 

6.-¿Si una o un trabajador renuncia voluntariamente a su trabajo tiene derecho a recibir el pago de aguinaldo?

Los trabajadores que renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron. Como se mencionó el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado al momento de la terminación de la relación laboral como parte de su liquidación o finiquito.

 

7. ¿Si un trabajador es despedido se le debe pagar aguinaldo?

Sí.

8.- Se puede renunciar al pago de aguinaldo?

No, el aguinaldo es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. El empleador en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.

 

9.-¿Se puede descontar parte del pago de aguinaldo?

No, salvo los descuentos establecidos en la Ley.

 

10.- ¿El aguinaldo genera impuestos?

Sí, siempre y cuando el monto recibido sea superior a $2,606.40. Esto es 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí

Anúnciate aquí