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Aprueban Diputados Consulta Popular por mayoría

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Con 272 votos a favor, 116 en contra y cero abstenciones, se avaló la consulta y fue remitida para su publicación en el Diario Oficial de la Federación Juan Hernández La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta en la que se resuelve la procedencia y trascendencia de la petición de Consulta Popular. … Leer más

Con 272 votos a favor, 116 en contra y cero abstenciones, se avaló la consulta y fue remitida para su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Juan Hernández

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta en la que se resuelve la procedencia y trascendencia de la petición de Consulta Popular. La que presentó el Presidente de la República.

Con 272 votos a favor, 116 en contra y cero abstenciones. Así se avaló el documento y se remitió para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Se pidió notificar al Instituto Nacional Electoral (INE).

“Aprobada la convocatoria de consulta popular, désele forma de decreto. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y notifíquese al Instituto Federal Electoral para los efectos conducentes”. Así dijo Dulce María Sauri, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Se prevé la celebración de la consulta popular el 1 de agosto de 2021. En ella los ciudadanos respondan sí o no a la pregunta reformulada por la Suprema Corte de Justicia, avalada por el Senado de la República.

Presentará AMLO reforma en caso de rechazo a consulta sobre expresidentes

En él se determina que la materia de Consulta Popular cumple con el requisito de trascendencia nacional que dispone el segundo párrafo del artículo 5 de la Ley Federal de Consulta Popular.

Asimismo, en el Dictamen se consideró procedente convocar los ciudadanos a Consulta Popular para que se manifiesten sobre la siguiente pregunta:

¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

En el Dictamen se determinó que la difusión de la consulta será en los tiempos y en la forma que determine la metodología aprobada por el Instituto Nacional Electoral, observando en todo momento lo dispuesto por el artículo 35 fracción VIII, apartado 4 de la Constitución Política y la sección tercera de la Ley Federal de Consulta Popular.

MT

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