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SCJN ordena realizar consulta para Ley General de Educación

SCJN ordena realizar consulta para Ley General de Educación
SCJN ordena realizar consulta para Ley General de Educación

Se estableció un plazo de año y medio para que se convoque a pueblos indígenas y personas con discapacidad Excélsior La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de 10 artículos de la Ley General de Educación (LGE) relacionados con la educación indígena e incluyente, y ordenó al Congreso la Unión … Leer más

Se estableció un plazo de año y medio para que se convoque a pueblos indígenas y personas con discapacidad

Excélsior

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de 10 artículos de la Ley General de Educación (LGE) relacionados con la educación indígena e incluyente, y ordenó al Congreso la Unión a la realización de consultas para su elaboración.

Se estableció un plazo de año y medio para que se convoque a pueblos indígenas y personas con discapacidad, al considerar que para la aprobación de esta ley, en esta Administración, no se tomó en cuenta a estos grupos.

El Pleno de la SCJN analizó la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en la que demandó la invalidez de la LGE publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2019.

El dictamen elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán fue aprobado por unanimidad, en el sentido de que los foros realizados por el Legislativo, previamente a la aprobación de la ley, para anular la reforma educativa de la pasada Administración, no cubre los requisitos de una consulta que han sido fijados por la Corte.

Se destacó que esos foros no pueden ser considerados como una consulta a grupos indígenas, afromexicanos, y en relación con la educación inclusiva para las personas con discapacidad.

“Porque no se aprecia que la convocatoria a los foros y audiencias en comento se haya dirigido a esas comunidades o, siquiera, que se haya difundido o que se les haya hecho llegar de manera alguna; y, desde luego, tampoco se aprecia su participación”, se estableció en el dictamen.

En otra parte de la discusión de esta reglamentación se aprobó por mayoría de ocho votos, que solo los alumnos de 4º grado en adelante puedan participar y votar en las asambleas para la elección de los integrantes de los Comités Escolares.

En este punto, la discusión se centró en que si los alumnos de tercero y grados inferiores tienen esa capacidad de participación, lo que fue considerado como discriminación por parte de los ministros que votaron en contra.

Queda pendiente por resolver, por la Corte, el punto de la eliminación de los requisitos para ingresar a la carrera magisterial, que se impusieron en la reforma educativa del ex presidente Enrique Peña Nieto, y la asignación automática de plazas magisteriales, de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, que impugnó la CNDH.

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