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Oaxaca prohíbe vender refrescos y comida chatarra a niños

Foto: Cuartoscuro
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En caso de incumplir, los establecimientos de Oaxaca en donde se venda comida chatarra se harán acreedores de sanciones administrativas El pleno de la Cámara de Diputados de Oaxaca aprobó con mayoría calificada la reforma a la ley que prohíbe la venta de comida chatarra y refrescos a menores de edad. Con 31 votos a favor … Leer más

En caso de incumplir, los establecimientos de Oaxaca en donde se venda comida chatarra se harán acreedores de sanciones administrativas

El pleno de la Cámara de Diputados de Oaxaca aprobó con mayoría calificada la reforma a la ley que prohíbe la venta de comida chatarra y refrescos a menores de edad.

Con 31 votos a favor la 64 legislatura del Congreso de Oaxaca, aprobó la enmienda al artículo 20 bis de la Ley de Derechos de Niñas y Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, que prohíbe la venta de refrescos y comida chatarra a menores de edad.

La iniciativa propuesta por la diputada Magaly López Domínguez, de la fracción parlamentaria de Morena, busca proteger la salud de la niñez y adolescencia de Oaxaca, primordialmente de la diabetes, hipertensión y obesidad, que son causa de muerte por comorbilidad en la actual pandemia del Covid-19.

Previo a la sesión legislativa, hubo manifestaciones y reclamos de dueños de la Unión de Abarrotes y diferentes cámaras de comercio, las cuales anunciaron que harán valer recursos legales como amparos ante juzgados para frenar la nueva disposición.

De acuerdo con López Domínguez esta iniciativa busca que sean los padres de familia quienes decidan si sus hijos deben consumir estos productos, y aseguró que la medida es similar a la prohibición de vender cigarros y alcohol a menores de edad.

Con la aprobación de la ley se prohíbe la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad, de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior.

También se impide la instalación de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras en las escuelas públicas y privadas.

La aplicación, vigilancia y el cumplimiento de esta disposición jurídica estará a cargo de la Secretaría de Salud del Estado, que podrá coordinarse con las autoridades e instancias correspondientes para su vigilancia.

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