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Avalan en lo general Ley de Amnistía para evitar COVID-19 en cárceles

Avalan en lo general Ley de Amnistía para evitar COVID-19 en cárceles
Avalan en lo general Ley de Amnistía para evitar COVID-19 en cárceles

El Senado de la República aprobó en lo general la Ley de Amnistía con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones; falta ratificarla en lo particular Redacción La Ley de Amnistía fue aprobada en lo general en el pleno del Senado de la República; con 68 votos a favor, 14 en contra … Leer más

El Senado de la República aprobó en lo general la Ley de Amnistía con 68 votos a favor, 14 en contra y 2 abstenciones; falta ratificarla en lo particular

Redacción

La Ley de Amnistía fue aprobada en lo general en el pleno del Senado de la República; con 68 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones. Asimismo, fueron aprobados artículos no reservados dentro del proyecto. La finalidad de esto es excarcelar a reos para evitar la propagación del coronavirus dentro del sistema penitenciario del país.

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El proyecto de ley no aplicará  a reincidentes, personas acusadas de homicidio, secuestro, lesiones graves, violencia o utilización de armas de fuego, feminicidas, violadores, tratantes, huachicoleros o delincuentes dedicados al robo de casas habitación, entre otros.

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Por otra parte, se establecerá amnistía por delito de aborto en cualquiera de sus modalidades, delitos contra la salud que hayan sido cometidos por personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por tener una discapacidad permanente, o cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada. También aplicará para aquellas personas que hayan cometido robo simple y sin violencia, pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

El proyecto de decreto también contempla liberar a los procesados o sentenciados por el delito de sedición, o porque hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de este delito formando parte de grupos impulsados por razones políticas, con el propósito de alterar la vida institucional. La amnistía para este grupo aplicará siempre que no se trate de terrorismo, y que en los hechos no se haya producido la privación de la vida, lesiones graves a otra persona o se hayan empleado o utilizado armas de fuego.

Con información de Milenio y Aristegui Noticias

 

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