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Descuentos en autotransporte y ferrocarril aplicarán hasta el domingo

Foto: Archivo.
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Los descuentos en autotransporte y ferroviarios del 50 y 25% a estudiantes y maestros se aplicarán hasta el próximo domingo 6 de enero De acuerdo con la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), los interesados deberán acreditar su carácter ante los prestadores de estos servicios mediante la exhibición … Leer más

Los descuentos en autotransporte y ferroviarios del 50 y 25% a estudiantes y maestros se aplicarán hasta el próximo domingo 6 de enero

De acuerdo con la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), los interesados deberán acreditar su carácter ante los prestadores de estos servicios mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor o, en su defecto, a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan.

La credencial deberá contener cuando menos el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

Las identificaciones con las que maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones integradas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación de las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Instituto Politécnico Nacional (IPN).

Asimismo, de universidades de toda la República; institutos; Escuelas Libres de Derecho, Comercio y Homeopatía; Colegio de Bachilleres, y las escuelas incorporadas a las antes mencionadas.

El descuento se efectuará en todas las corridas del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano, y de los servicios de primera y económico de autotransporte federal de pasajeros.

La medida queda limitada a ocho estudiantes para ambos casos, y cuatro maestros por coche de servicio ferroviario y a dos maestros por vehículo de autotransporte.

Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta circular, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario; y en caso del autotransporte ante la DGAF o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.

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