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Agroasemex debe informar montos de pensiones vitalicias de Luz y Fuerza

A la fecha no se ha hecho depósito de recursos a las referidas pensiones y en alegatos Agroasemex reiteró su respuesta original en una revisión ante el INAI

A la fecha no se ha hecho depósito de recursos a las referidas pensiones y en alegatos Agroasemex reiteró su respuesta original en una revisión ante el INAI

Por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la aseguradora Agroasemex debe dar a conocer las fechas y los montos de los recursos depositados para pensiones vitalicias de extrabajadores de Luz y Fuerza del Centro (LyFC).

Al presentar el asunto ante el pleno, el comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, destacó la importancia del asunto por tratarse de un tema relacionado con una empresa que fue extinguida.

“Entonces todos los extrabajadores de aquélla, que son pensionados y han recibido cualquier tipo de recurso por esa cuestión, debe quedar englobado en cualquier respuesta, no atendiendo a que esto haya ocurrido en los últimos días, meses o años, sino de todo el tiempo”, expresó.

Señaló que de acuerdo con información pública, la empresa tiene a su cargo el otorgamiento de rentas vitalicias en favor de casi un millar de exempleados de LyFC, por lo que se debe tutelar de manera cabal el derecho a saber del particular.

En un comunicado, informó que un particular presentó recurso de revisión ante el INAI, después de que el sujeto obligado, a través de la Dirección de Administración de Programas de Subsidios, le respondió que durante el ejercicio 2017 y a la fecha, no se ha hecho depósito de recursos a las referidas pensiones y en alegatos Agroasemex reiteró su respuesta original.

En el análisis del caso, a cargo del comisionado presidente, Francisco Javier Acuña Llamas, se hizo notar que, si bien el particular no limitó a un periodo determinado los montos y fechas de los depósitos, su requerimiento sí fue vinculado a un parámetro de búsqueda específico, por lo que la empresa no debió hacer el trámite sólo del año inmediato anterior.

Se concluyó que el sujeto obligado aplicó un criterio erróneo a la solicitud de información del particular, negando el acceso a la misma, al amparo de la temporalidad con que fue ejecutada la búsqueda.

Además, de la búsqueda de información pública realizada por la ponencia, fue posible advertir que el sujeto obligado tiene a su cargo el otorgamiento de rentas vitalicias a favor de 974 extrabajadores de la extinta compañía.

Lo anterior mediante la suscripción de dos pólizas con el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) como mandatario del gobierno federal, con una prima total por más de cuatro millones 554 mil pesos, pagadera en seis años, de la que se cobraron poco más de un millón 441 mil pesos en 2014.

Ello, confirmó que el sujeto obligado cuenta con la información de interés del particular, por lo que el pleno del INAI, por unanimidad, revocó la respuesta de Agroasemex y le instruyó a entregarla, en los términos referidos.

Notimex

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