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¿Cómo calcular el aguinaldo?

Aquí te decimos cómo calcular tu aguinaldo, ya sea como trabajador o si bien a ti corresponde dar esa prestación a tus empleados. Foto: iStock
Aquí te decimos cómo calcular tu aguinaldo, ya sea como trabajador o si bien a ti corresponde dar esa prestación a tus empleados. Foto: iStock

Aquí te decimos cómo calcular tu aguinaldo, ya sea como trabajador o si bien a ti corresponde dar esa prestación a tus empleados; también conoce lo que dice la Ley sobre los trabajadores jubilados o pensionados. Si el trabajador prestó un año de servicios: Para hacer el cálculo, primero se debe obtener el sueldo diario, … Leer más

Aquí te decimos cómo calcular tu aguinaldo, ya sea como trabajador o si bien a ti corresponde dar esa prestación a tus empleados; también conoce lo que dice la Ley sobre los trabajadores jubilados o pensionados.

Si el trabajador prestó un año de servicios:

Para hacer el cálculo, primero se debe obtener el sueldo diario, por lo que se divide el sueldo mensual entre 30 días, el resultado se multiplica por los días que corresponden (contempla que como mínimo se deben dar 15 días de salario)

Si el trabajador laboró menos de un año:

Para hacer el cálculo primero se debe obtener el sueldo diario, como en el caso anterior, el resultado se deberá multiplicar por 15 y después dividirlo entre 365 días, el resultado se multiplicará por los días que sí laboró.

Si eres empleador, calcula el pago de aguinaldo para tus trabajadores

En el caso de los trabajadores para el sector privado, el aguinaldo corresponde al menos 15 días de salario y debe pagarse antes del 20 de diciembre.

Si un trabajador está por honorarios, por ley no es una obligación para la empresa que contrata, al menos que exista una subordinación laboral en forma permanente a un solo patrón y se cubra obligatoriamente un horario de trabajo de la jornada máxima legal de 8 horas, o que reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo dentro de la empresa o establecimiento.

La ley también contempla a los trabajadores del Estado, el trabajador tendrá por lo menos 40 días de su salario (deberá pagarse un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero).

¿Los adultos mayores o pensionados del IMSS tienen derecho a aguinaldo?

Como pensionado(a) por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, tienes derecho a recibir un aguinaldo anual que equivale a una mensualidad de la cuantía de tu pensión, es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.

Te recomendamos: En qué usar tu aguinaldo

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