Desde hace un par de años, las nuevas disposiciones del Código Civil en la Ciudad de México establecieron que cuando la alienación parental sea realizada por uno de los padres, será suspendido de la patria potestad del hijo y en consecuencia, del régimen de visitas y convivencias que, en su caso, tenga decretado. Así, el Síndrome de Alienación Parental (SAP) fue considerado como una forma de violencia familiar, pues se trata de que de forma obligada, mediante diversos factores, se transforme la conciencia de un menor de edad con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos afectivos con uno de sus progenitores.
El (SAP) es comúnmente observado en casos en que los padres han entrado en una dinámica de conflicto o trámite de separación y divorcio, en donde un hijo, menor de edad, u otros más, se alían fuertemente con uno de los progenitores y rechazan la relación con el otro progenitor sin justificación legítima.
El termino de Síndrome de Alienación Parental es relativamente nuevo y en sus comienzos causó polémica en el sentido de no estar adecuadamente justificado y valorado por los magistrados. Pero en 2010, tanto en España, Brasil, Estados Unidos, Alemania y otros países, ya era considerado como parte de las argumentaciones jurídicas de los abogados pues, se concluye que vulnera el derecho humano a la vida familiar del alienado. Sin embargo, el SAP no ha sido incorporado a la Clasificación Internacional de Enfermedades en su apartado de Trastornos Mentales y del Comportamiento, ni es reconocido por la Organización Mundial de la Salud, pero si tiene el reconocimiento jurídico en muchos dilemas familiares llevados a los tribunales.
Hoy, hasta cierto punto, se ha sobrevalorado el SAP y se cree que todos los menores que viven en una situación de divorcio de sus padres o que están en familias reconstruidas, pueden estar pasando por este conflicto emocional. En muchos casos, cuando un menor refiere no querer convivir con uno de los padres es objetivamente real y su decisión está libre de presiones o manipulaciones. Los menores, a una edad superior a los 10 años, pueden reflexionar sobre cómo ha sido el desempeño y comportamiento de los padres y tomar sus propias consideraciones a criterio personal. No les es fácil, pero a esa edad ya han fortalecido capacidades de afrontamiento.
El asunto se agrava cuando los representantes legales de los involucrados en un divorcio, acusan a los psicólogos peritos de una mala actuación en la evaluación psicológica del SAP en los menores. Determinar un diagnóstico de Síndrome de Alienación Parental no es sencillo.
Se debe realizar una entrevista clínica a fondo para conocer el contexto en el que se desenvuelve el menor; se aplican pruebas psicológicas proyectivas y se interpretan de acuerdo a indicadores emocionales y conductuales científicos. La simulación o el engaño pueden ser detectados por ésta intervención psicológica profesional y las críticas de los cónyuges demandantes y sus abogados, son injerencias deshonestas en su participación en el caso.
También hay que considerar que cuando existan antecedentes de maltrato, físico o psicológico y/o abuso previos, el SAP puede quedar sin efecto, pues la razón del rechazo del menor por el padre alienado se debe a estos factores.
En el proceso de separación de los padres, uno de ellos obliga los hijos a posicionarse de su lado, manipulándolos en contra del otro, al grado de hacer que los hijos odien, rechacen y rompan el vínculo de apego que se tiene con el otro. Esto implica que el menor entre en conflicto emocional y que sus condiciones de seguridad, protección y amorosidad se vean alteradas, lo que provoca un estado mental de temor, ansiedad, tristeza e inseguridad, mismas que afectarán sus relaciones interpersonales actuales y futuras.
Las características que se deben observar en el Síndrome de Alienación Parental son: desvalorizar o insultar al otro progenitor en presencia del menor; impedirle momentos de convivencia; involucrar asuntos familiares y amistosos en las diferencias conyugales; ridiculizar y desestimar los sentimientos que el menor le expresa; Premiar y enaltecer la conducta de rechazo hacia él; alimentarle con mentiras con respecto al otro; Evitar cualquier medio de comunicación con el otro progenitor, entre otras.
Siempre es deseable que los niños desarrollen su personalidad en el seno de su familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Si llegase el caso de una eventual separación de los padres, es muy conveniente que la inicien en un proceso psicoterapéutico para que ésta llegue a buen término y no se den circunstancias de conflicto legal con acusaciones falsas, amenazas, mentiras y manipulaciones a los hijos para sacar la mayor ganancia en el divorcio.
Por: Juan Carlos García Ramos/Psicólogo Clínico
Profesional colegiado: www.coepsique.org